Alquileres – Protección de pagos.
Seguro para la protección de los derechos de propietario y arrendador, ya sean pisos o locales comerciales o naves industriales.
La principal ventaja con respecto a otros seguros del mercado es que se empieza a indemnizar al segundo mes del impago (el primero es de carencia), sin esperar a sentencia judicial, así como será la aseguradora quién realice las gestiones con el inquilino, tanto por vía amistosa como judicial.
Coberturas a destacar:
- Estudio de viabilidad económica del inquilino en menos de 24 horas (filtro a la morosidad)
- Cobro de 6 ó 12 meses de rentas garantizadas.
- Las rentas se pagan mes a mes (1 mes de carencia).
- Todos los gastos legales incluidos hasta el desahucio:
- Defensa y reclamción de contrato de arrendamiento por impago de alquiler.
- Desahucio y reclamación de rentas.
- Honorarios de Abogados.
- Derechos Arencelarios del procurador.
- Costas Judiciales.
- Actos Vandálicos